miércoles, 27 de octubre de 2010

Tres años de la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información

La Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (BOE 29 de diciembre de 2007) va a cumplir tres años de vigencia.

La norma introdujo un conjunto de medidas novedosas ante la experiencia de los últimos años se han venido observando y detectando en la parte del conjunto de normas (Ley Servicios de Sociedad de la Información, Ley de Firma electrónica, Ley General de Telecomunicaciones…) que se han venido a conocer como Sociedad de la Información.

El objetivo de esta Ley era dar impulso a la Sociedad de la Información y lo que se perseguía era que el ciudadano incorpore a su actividad cotidiana las herramientas de la sociedad de la información, desempeñando por tanto la norma un papel de “divulgador de las nuevas tecnologías”.

Las medidas iban dirigidas a los diferentes “terrenos” que agrupan la regulada Sociedad de la Información y son:

1) Obligación de disponer de un medio de interlocución telemática para la prestación de servicios al público por parte de empresas que presten servicios al público en general de trascendencia económica (aquellas empresas que tengan más de 100 trabajadores o facturen más de seis millones de euros).
Deben facilitar a los usuarios la realización de los siguientes trámites:

a) Contratación electrónica de servicios, suministros y bienes.
b) Consulta de los datos del cliente.
c) Presentación de quejas, incidencias, sugerencias.
d) Ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la normativa.
La fecha de entrada en vigor de estas medidas fue el 29 de diciembre de 2008.

2) El uso de la obligación de la factura electrónica en procesos de contratación, en el sector público.

3) Medidas en materia de sociedad de la información y comercio electrónico:

a) Se suprime la obligación de constancia registral del nombre de dominio.
b) Se permite en el envío de comunicaciones comerciales, ofertas promocionales y concursos incluir al comienzo del mensaje la abreviatura “publi” o la palabra publicidad.

4) Aclara conceptos en materia de firma electrónica.

5) También se ocupa de temas relacionados con la seguridad en internet.

Se establece un régimen sancionador difuso, a excepción de los derechos relacionados con la protección de datos de carácter personal.

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